Tribunal realizó audiencia en reclamación contra proyecto inmobiliario en Peñalolén presentada por la Comunidad Ecológica de dicha comuna

Mar 11, 2021

Compartir

El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en reclamación interpuesta por la Comunidad Ecológica de Peñalolén en contra de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, asociada a proyecto inmobiliario “Condominio Lomas de Peñalolén”.

Los reclamantes acudieron al Tribunal luego que la Comisión de Evaluación rechazó la solicitud de invalidación contra la RCA que calificó ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto.

La Comunidad Ecológica de Peñalolén solicita al Tribunal acoger la reclamación, declarando contraria a derecho la resolución que rechazó la solicitud de invalidación y ordenando la invalidación de la RCA del proyecto inmobiliario y todos los permisos sectoriales derivados de esta aprobación, “y en su lugar se declare que el referido proyecto debe someterse a evaluación ambiental mediante un Estudio de Impacto Ambiental”.

La Comunidad argumenta que la resolución de la Comisión de Evaluación Metropolitana, al autorizar mediante una DIA la iniciativa, “está violando las obligaciones ambientales que le afectan, en cuanto a su ubicación en y próxima a áreas protegidas, lo que habría ameritado que se evaluase mediante un Estudio de Impacto Ambiental”. Alega además que la autoridad ambiental generó una dilación injustificada de la primera resolución sobre el proceso de invalidación y que se negó a abrir un periodo probatorio y de información pública.

El SEA, en representación de la Comisión de Evaluación, pide que el Tribunal rechace la reclamación en todas sus partes por carecer de fundamento tanto en los hechos como en el Derecho. Explica que el proyecto no genera impactos adversos significativos respecto de un área protegida, en los términos del artículo 11 literal d) de la Ley Nº19.300. “En este sentido: (i) el AI [Área de Influencia] del Proyecto no considera impactos adversos significativos respecto del APSA [Área Protegida Santiago Andino], la cual, no tiene una categoría de ACBPO [Áreas Colocadas Bajo Protección Oficial]; y, (ii) no existe afectación asociada al valor ambiental del territorio el Proyecto, pues no altera el valor ambiental del territorio”, dice.

También sostiene que “el procedimiento fue expedito y se resolvió de manera rápida considerando que la demora en la dictación de la Res. Exenta Nº059/2020 no es imputable al SEA RM, ya que, durante el procedimiento se produjo la judicialización de éste, proceso que duró desde el 27 de abril de 2019 al 13 de noviembre del mismo año, por lo que el SEA RM estuvo inhibido de continuar con la tramitación de la solicitud de invalidación; y que resultaba improcedente abrir un periodo probatorio en sede administrativa, pues sería contrario al principio de eficacia y eficiencia, relacionados con la economía procedimental que debe regir los procedimientos administrativos”.

El proyecto “Lomas de Peñalolén” consiste en la construcción de 210 viviendas en una superficie de 13,07 hectáreas, en dicha comuna de la Región Metropolitana.

Antecedentes

  • 7 de septiembre de 2018, calificó ambientalmente favorable la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Lomas de Peñalolén”, presentada por Inmobiliaria Pocuro SpA (RCA N°318/2018).
  • 26 de noviembre de 2018, la JJVV Comunidad Ecológica de Peñalolén solicitó la invalidación de la RCA del proyecto inmobiliario.
  • 24 de enero de 2020, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana rechazó la solicitud de invalidación (Res. Ex. N°059/2020).
  • 6 de marzo de 2020, los reclamantes ingresaron al Segundo Tribunal Ambiental reclamación en contra de la resolución que rechazó su solicitud de invalidación.
  • 15 de abril de 2020, el Tribunal tuvo a Inmobiliaria Pocuro SpA como tercero coadyuvante de la Comisión de Evaluación.

Ir al expediente de la causa R-234-2020


Compartir