Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación de Consorcio Santa Marta contra la SMA

Feb 1, 2016

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El Tribunal Ambiental de Santiago admitió a trámite la reclamación del Consorcio Santa Marta S.A en contra de una de las medidas provisionales instruidas por la SMA, en el marco de la detención de funcionamiento de las instalaciones del relleno sanitario ubicado en la comuna de Talagante.

La paralización del vertedero fue autorizada –el viernes 22 de enero- por el Tribunal Ambiental tras el incendio que afectó al lugar y contemplaba además, la detención inmediata de la recepción y disposición final de residuos, y de las actividades de extracción de biogás, por un plazo de 15 días hábiles.

En este marco, el ente fiscalizador también instruyó al vertedero la ejecución de otras medidas provisionales relacionadas con la corrección, seguridad, control, monitoreo y análisis para impedir la continuidad del riesgo o daño al medio ambiente. Una de estas disposiciones -la reclamada ante el Tribunal -, ordena el traslado de un dumper (camión de volteo) desde Santa Marta al relleno sanitario Cerro la Leona, en la comuna de Til Til.

“(…) la disposición legal en la que fundamenta la SMA la adopción de la medida provisional reclamada (traslado del dumper) no tiene una finalidad de “corrección, seguridad o control que impidan la continuidad en la producción del riesgo o del daño” (letra a del artículo 48 de la Losma), toda vez que (…) la presencia del dumper en el relleno sanitario, en el que por lo demás hay tres más, no implica riesgo ni genera daño alguno al relleno sanitario. Tampoco dicha medida tiene como finalidad programas de monitoreo ni análisis específicos, como son el tipo de medidas a que se refiere la letra f) del artículo 48 de la Losma. En definitiva la medida provisional reclamada no tiene las finalidades establecidas en el fundamento legal de la SMA para decretarla”, sostiene Consorcio Santa Marta S.A.

El Tribunal Ambiental ofició a la SMA para que informe, en el plazo de 10 días, respecto de los puntos planteados en la reclamación.

El relleno sanitario Santa Marta fue concebido como una alternativa a Lepanto y consiste en la construcción, operación y abandono de un sitio de disposición final de los residuos sólidos urbanos de la zona sur de Santiago. Tiene una vida útil de 20 años, a partir de 2002, y cuenta con 13 Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA’s) distintas, emitidas -entre 2005 y 2013- tanto por la Comisión Regional del Medio Ambiente Metropolitana, como por la Comisión de Evaluación Ambiental Metropolitana.

Antecedentes                                               

  • 15 de enero de 2016, ocurrió un deslizamiento de la masa de residuos, que preliminarmente, involucró unas 2 ha y la remoción de 200 mil toneladas de residuos y material de cobertura
  • 18 de enero de 2016, se inició un incendio de la masa de residuos expuesta.
  • 19 de enero de 2016, la Seremi de Salud prohibió la recepción de residuos de toda especie.
  • 21 de enero de 2016, la SMA ingresó solicitud al Tribunal Ambiental de Santiago, la admitida a trámite bajo el rol S-26-2016 y autorizada el 22 de enero.
  • 22 de enero de 2016, la SMA emitió la resolución que ordenó la medida provisional de detención de funcionamiento de las instalaciones del relleno sanitario, la detención inmediata de la recepción y disposición final de residuos y la detención de las actividades de extracción de biogás, por un plazo de 15 días hábiles. El ente fiscalizador además instruyó a la empresa a adoptar varias medidas provisionales tales como: la extracción de lixiviados, ejecución de obras que impidan el contacto de aguas lluvias con la masa de residuos, impedir infiltración de los lixiviados que afloran desde los residuos dispuestos en la Quebrada El Boldal, monitorear la calidad de las aguas superficiales y subterráneas, gestionar el traslado del dumper y entregar a la SMA un informe que dé cuenta del estado de cumplimiento de dichas medidas. Res. Ex. N°58/2016.
  • 29 de enero de 2016, Consorcio Santa Marta S.A. ingresó al Tribunal Ambiental la reclamación contra la Res. Ex. N°58/2016 de la SMA, la cual fue admitida a trámite el mismo día, bajo el rol R-94-2016.

Ir al expediente rol R-94-2016

Santiago, lunes 1 de febrero de 2016.-


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