Tribunal realizó audiencia en reclamación de Compañía Minera Maricunga en contra de la resolución que ordenó la clausura definitiva de sector de extracción de agua de proyecto Refugio

Oct 11, 2016

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El Tribunal Ambiental de Santiago llevó a cabo la audiencia de alegatos en la reclamación interpuesta por Compañía Minera Maricunga en contra de la resolución sancionatoria en que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) determinó la clausura definitiva del sector de pozos de extracción de agua RA-1, RA-2 y RA-3, ubicados en el Corredor Biológico Pantanillo-Ciénaga Redonda, de modo de que el Proyecto Minero Refugio no pueda utilizar en su operación futura aguas que recarguen el acuífero del cual dependen los humedales de aquel corredor.

 

Antecedentes

  • 9 de julio de 2016, Compañía Minera Maricunga (CMM) ingresó al Tribunal Ambiental de Santiago una reclamación en contra de la resolución sancionatoria de la SMA (Res. Ex. N° 234, de 17 de marzo de 2016, modificada por la Res. Ex. N° 571, de 23 de junio de 2016), dictada por el Superintendente como resultado del procedimiento sancionatorio llevado contra la faena minera (D-014-2015).
  • La SMA formuló un cargo en contra de la empresa, asociado a la disminución del nivel freático en la cuenta Pantanillo- Ciénaga Redonda y el desecamiento de al menos 70 ha, de humedales en el Complejo Lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa, y el riesgo inminente de expansión del área afectada a aproximadamente 73 ha. adicionales de humedales. Infracción clasificada como gravísima.
  • La resolución sancionatoria, ordenó la clausura definitiva del sector de pozos de extracción de agua RA-1, RA-2 y RA-3, ubicados en mencionado corredor biológico.
  • En contra de ella, CMM interpuso recurso de reposición, el cual fue acogido parcialmente por la SMA adecuando la sanción impuesta a unos lineamientos técnicos que determinaron la forma, requisitos y condiciones y gradualidad en la implementación de la referida sanción.

Ir al expediente de la causa R-118-2016

Reviva los alegatos:
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