Tribunal escuchó alegatos en reclamación de Compañía Minera Maricunga en contra de dos medidas urgentes y transitorias dictadas contra el proyecto Minero Refugio

Oct 11, 2016

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El Tribunal Ambiental de Santiago escuchó los alegatos en reclamación interpuesta por Compañía Minera Maricunga (CMM) en contra de dos resoluciones de la SMA, que dispusieron dos medidas urgentes y transitorias respecto del Proyecto Minero Refugio, ubicado en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Rafael Asenjo, Presidente, Sebastián Valdés y Ximena Insunza. Los alegatos estuvieron a cargo de los abogados Juan José Eyzaguirre Lira, por CMM; y Emanuel Ibarra Soto, por la SMA.

La primera medida dispuso la clausura del sector de los pozos de extracción de agua de la Compañía RA-1, RA-2 y RA-3, ubicados en el Corredor Biológico Pantanillo-Ciénaga Redonda; mientras que la segunda ordenó la clausura temporal y parcial del mismo sector. Ambas medidas fueron adoptadas previa autorización del Tribunal Ambiental (Solicitudes roles S-33-2016 y S-36-2016).

Antecedentes

  • Compañía Minera Maricunga es titular del “proyecto minero Refugio”, cuya faena principal se encuentra en las inmediaciones del complejo lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa, en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.
  • 5 de mayo de 2015, la SMA inició un procedimiento administrativo sancionatorio en contra de la minera, imputándole una infracción ambiental, la cual calificó como gravísima (Rol D-14-2015).
  • 17 de marzo de 2016, la SMA culminó dicho procedimiento, sancionando a Maricunga con la clausura definitiva del sector de pozos de extracción de agua (pozos RA-1, RA-2 y RA-3), ubicados en el Corredor Biológico Pantanillo-Ciénaga Redonda, tras comprobar que debido a su acción se desecaron al menos 70 hectáreas de humedales ubicados en el complejo lacustre Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa.
  • El 28 de marzo de 2016, Compañía Minera Maricunga dedujo recurso de reposición en contra de la resolución sancionatoria de la SMA.
  • 25 de abril de 2016, la SMA solicitó al Tribunal autorización para imponer la primera medida urgente y transitoria, consistente en la clausura del sector de los pozos RA-1, RA-2 y RA-3 de extracción de agua de la Compañía, la que fue concedida por 15 días corridos (solicitud rol S-33-2016).
  • 17 de mayo de 2016, la SMA solicitó al Tribunal Ambiental autorización para decretar una nueva medida urgente y transitoria consistente, esta vez, en la clausura temporal y parcial de mencionado sector de pozos, la cual fue autorizada por un plazo de 25 días hábiles (solicitud rol S-36-2016)
  • 19 de mayo de 2016, Maricunga ingresó al Tribunal Ambiental la primera reclamación en contra de la medida urgente y transitoria ordenada por la SMA (en la Res. Ex. N° 391, del 2 de mayo de 2016), la que fue admitida con el rol R-111-2016,
  • 27 de mayo de 2016, la empresa minera interpuso una segunda reclamación, esta vez contra la Res. Ex. N° 443, de 19 de mayo de 2016 de la SMA, que ordenó la segunda medida urgente y transitoria, la cual fue admitida bajo el rol R-113-2016.
  • 13 de julio de 2016, el Tribunal acumuló las reclamaciones en el Rol R-111-2016.

Ir al expediente de la causa R-111-2016, acumula R-113-2016

Reviva los alegatos

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