Tribunal Ambiental de Santiago rechazó reclamación contra el SEA por inadmisibilidad de solicitud de invalidación contra acto trámite asociado a la evaluación de la Central Ciclo Combinado Los Rulos en Limache

Sep 16, 2016

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El Tribunal Ambiental de Santiago, por unanimidad, rechazó la reclamación presentada en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), por la declaración de inadmisibilidad de una solicitud de invalidación en contra del ICSARA dictado en el marco de la evaluación ambiental del proyecto Central Ciclo Combinado Los Rulos, ubicado en la comuna de Limache.

“Que, en autos, por su propia naturaleza, el ICSARA que motivó la solicitud de invalidación constituye un acto trámite, por cuanto no es el acto terminal del procedimiento administrativo de evaluación de impacto ambiental (…), para que dicho acto administrativo pueda ser impugnable, deberá satisfacer lo establecido en el inciso segundo del artículo 15 de la Ley Nº 19.880, esto es, que se trate de un acto que determine la imposibilidad de continuar con el procedimiento o produzca indefensión. (…), Para estos sentenciadores, es claro que la resolución reclamada no es de aquellas que hacen imposible la continuación del procedimiento administrativo de autos, toda vez que éste siguió su curso normal con el objetivo de desembocar en un acto terminal, el que tal como lo señala la misma reclamada, podría terminar en un “rechazo en caso de que existan los fundamentos para ello””, dice la sentencia, redactada por la Ministra Ximena Insunza.

Asimismo, la sentencia señaló: “Que, a juicio del Tribunal, los argumentos del Servicio de Evaluación Ambiental en cuanto a que no se habría acreditado la indefensión como presupuesto necesario para alterar la regla general de impugnabilidad de los actos tramites, son adecuados. Ello, por cuanto, en primer lugar, no se habría vulnerado el derecho de la reclamante a formular observaciones al proyecto con posterioridad a las eventuales modificaciones que éste pudiese haber sufrido y, en segundo lugar, porque al haber formulado observaciones ciudadanas en el procedimiento de evaluación, y estando pendiente aún la dictación del acto terminal del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, la reclamante podría eventualmente impetrar las reclamaciones administrativas especiales de los artículos 29 y 30 bis con relación al 20 de la Ley N° 19.300 y, las reclamaciones judiciales de los artículos 17 N° 5 y 6 de la Ley N° 20.600.”

Por ello, el Tribunal Ambiental concluyó que la resolución está debidamente motivada, al declarar la inadmisibilidad de la solicitud de invalidación fundándola, “en la falta de configuración de la hipótesis de indefensión alegada por la reclamante. Por consiguiente, a juicio del Tribunal, en el caso de autos, al no configurarse una hipótesis de indefensión, el acto trámite denominado ICSARA resulta ser inimpugnable, debiendo rechazarse, en consecuencia, la reclamación de autos”.

La reclamación fue presentada al Tribunal Ambiental por Mauricio Zulueta R., luego que el SEA declaró inadmisible su solicitud para invalidar el ICSARA.

El proyecto, ubicado en la comuna de Limache, Región de Valparaíso, y cuyo titular es Cerro El Plomo S.A., corresponde a una Central de Ciclo Combinado operada con gas natural para la generación de energía eléctrica con capacidad máxima de 540 MW de potencia bruta.

Antecedentes

  • 3 de febrero de 2015, Cerro El Plomo S.A. ingresó al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA) el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Central Ciclo Combinado Los Rulos.
  • 20 de mayo de 2015, la Seremi de Salud propuso el rechazo del proyecto por falta de información relevante y esencial.
  • 7 Mayo de 2015, el SEA, no obstante el pronunciamiento de la Seremi de Salud, dictó el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones (Icsara) del proyecto, informe que reúne las observaciones y comentarios emitidos por los servicios públicos con competencia ambiental relacionados con el proyecto (carta N°304/2015).
  • 18 de diciembre de 2015, Mauricio Zulueta R. presentó la solicitud de invalidación de dicho informe y de todo el procedimiento de evaluación del EIA del proyecto.
  • 9 de febrero de 2016, el SEA declaró inadmisible dicha solicitud (Res. Ex. N°51/2016).
  • 17 de marzo de 2016, Mauricio Zulueta ingresó al Tribunal Ambiental la reclamación contra la resolución del SEA.
  • 7 de abril de 2016, el Tribunal Ambiental de Santiago admitió a trámite la reclamación, asignándole el Rol R-102-2016.
  • 116 de junio de 2016, se llevó a cabo la vista de la causa, alegando los abogados Rodrigo Avendaño Vergara, por el reclamante, Osvaldo Solís Mancilla, por el SEA, y Javier Vergara Fisher, por Cerro El Plomo S.A., tercero coadyuvante del SEA.

Ir al expediente de la causa R-102-2016


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