Pdte. del Tribunal Ambiental: “Debemos plantearnos la interrogante acerca de la responsabilidad penal de las personas jurídicas”

Jun 26, 2015

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  • Rafael Asenjo afirmó que el “Efecto disuasivo del derecho administrativo sancionatorio no es suficiente para hacerse cargo del problema del deterioro ambiental”, en seminario Derecho Penal y Protección del Medio Ambiente.

DSC_5727 (1024x630)“El efecto disuasivo del derecho administrativo sancionatorio no es suficiente para hacerse cargo del problema del deterioro ambiental en su conjunto. Es por esta razón que debemos plantearnos entonces la interrogante acerca de la responsabilidad penal de las personas jurídicas”, sostuvo el Presidente del Tribunal Ambiental, Rafael Asenjo, durante su intervención en el seminario de “Derecho Penal y protección del Medio Ambiente”, organizado por la Fiscalía Nacional, el Ministerio del Medio Ambiente, el Tribunal Ambiental, la SMA y la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

El Presidente del Tribunal Ambiental hizo ver que “el poder disuasivo de la sanción administrativa es insuficiente para velar por la tutela jurídica del medio ambiente, porque, entre otras razones, según nuestra actual legislación vigente, las sanciones administrativas sólo recaen en quienes infrinjan los instrumentos de gestión ambiental y no en quienes afecten los componentes ambientales”. Ante esta situación, expresó, y “en resguardo del interés público, y como respuesta de última ratio para casos graves, se debería recurrir al Derecho Penal, mediante su tipificación e implementación institucional”.

DSC_5730 (1024x683)Rafael Asenjo enfatizó que “establecer sistemáticamente una tipificación de los delitos ambientales no es una tarea fácil”, y se detuvo a analizar los desafíos que este proceso implica, tales como la definición de cuáles serán los delitos ambientales que se tipificarán; la frontera con el derecho administrativo sancionatorio para no vulnerar el principio del “non bis in ídem” “, uno de los pilares de un ordenamiento jurídico respetuoso y protector de los derechos fundamentales; la ampliación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas al ámbito de delitos ambientales; y a qué órganos le corresponderá la persecución y el juzgamiento de los delitos ambientales.

 

En relación a este último punto, fue enfático en señalar que El Tribunal Ambiental de Santiago “no pretende, de manera alguna, ampliar su competencia desde lo contencioso administrativo a materias, como el conocimiento de asuntos penales, constitución o extinción de concesiones sobre recursos naturales, como las mineras u otras, que distorsionarían seriamente su naturaleza. Los Tribunales Ambientales son Tribunales especializados, modernos, expertos, pero deberían mantenerse dentro del ámbito de sus competencias, específica y propiamente ambientales, para ser efectivos y no desnaturalizar su cometido”.

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“Desde mi largo pasado en materias de gestión pública ambiental, nacional e internacional, y de mi breve experiencia como Ministro del Tribunal Ambiental de Santiago, y reflejo aquí una postura institucional del Tribunal, consideramos que no sería necesaria la creación de nuevos órganos especiales. Primero, el Ministerio Público cuenta actualmente con una Unidad encargada de la persecución de delitos ambientales, y esta orgánica podría reforzarse y ajustarse según las nuevas tipificaciones que se incorporen y el volumen de casos que se presenten. Segundo, nos parece que los delitos ambientales debieran ser investigados, como los demás ilícitos, por el Ministerio Público y sancionados por los tribunales ordinarios con competencia penal, esto es, los Juzgados de Garantía o los de Juicio Oral en lo Penal. Obviamente, se requeriría que el órgano persecutor y los jurisdiccionales se capaciten y fortalezcan sus capacidades en materias penales ambientales, como lo hacen actualmente en otros temas especiales que les corresponde conocer”, detalló.

El seminario se estructuró en tres mesas que bajo los temas ” necesidad de un tipo penal de contaminación y dificultades en la investigación”, “Dificultades técnicas del tipo penal de contaminación” y “Frontera entre el sistema penal y el administrativo sancionatorio”, agrupó a especialistas nacionales e internacionales, tales como Silvia Capelli, coordinadora ejecutiva de la Red Latinoamericana de Ministerios Públicos Ambientales, Blas Matías Michienzi, fiscal coordinador de la unidad de Medio Ambiente del Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires, Argentina; Cristián Franz, Superintendente del Medio Ambiente; Mauricio Fernández, director de la Unidad especializada en materias ambientales (ULDECO) de la Fiscalía Nacional; Lorna Püschel, del Ministerio del Medio Ambiente; Tomás Darricades, de la Superintendencia del Medio Ambiente; Pilar Moraga, investigadora del Centro de Derecho Ambiental; y Gonzalo Medina y Juan Pablo Mañalich, ambos del Departamento de Ciencias Penales de la misma casa de estudios superiores.

El encuentro fue inaugurado por el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán; el Ministro del Medio Ambiente, Pablo Badenier; y el decano de Derecho de la Universidad de Chile, Davor Harasic.

Bajar Intervención_completa_seminario_25-06-2015 del Presidente del Tribunal Ambiental.

 

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